El juez De la Mata propone juzgar a 11 personas por el caso SGAE, entre ellos a Teddy Bautista

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha concluido la instrucción del denominado ‘caso SGAE‘ y propone juzgar a once personas, entre los que se encuentra el expresidente del Consejo de Dirección Teddy Bautista.

Les atribuye los delitos de asociación ilícita u organización criminal, falsedad en documento mercantil, administración desleal y apropiación indebida.

En el auto de transformación del procedimiento abreviado, el juez concluye, tras siete años de investigación, que los investigados llevaron a cabo «una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de SGAE» a la organización comandada por José Luis Rodríguez Neri.

Según De la Mata, lo hicieron mediante la asignación arbitraria a Microgénesis de decenas de millones de euros supuestamente para el desarrollo de soluciones tecnológicas, causando «perjuicios y pérdidas constatados» para la sociedad de autores.

La resolución da a partir de ahora un plazo de diez días a la Fiscalía y las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral mediante la presentación de su escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, que se dirige también contra catorce sociedades mercantiles como responsables civiles, entre ellas Microgénesis SA.

Además de Bautista y Rodríguez Neri, el resto de procesados son Enrique Loras, Ricardo Azcoaga, Rafael Ramos Díaz, María Antonia García Pombo, Eva García Pombo, Elena Vázquez Serrano, Celedonio Martín Mateos, Juana Cristina Rodríguez Neri y Leticia Rodríguez.

«Un auténtico monopolio»

El auto, de 129 páginas, relata cómo Bautista, presidente de SGAE desde 1998, introdujo a Rodríguez Neri y su empresa Microgénesis S.A para abordar líneas de investigación y desarrollo en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Así, y con el objetivo de llevar a cabo la transición de la sociedad de autores hacia un nuevo modelo en esa línea, en el año 2000 se creó SDAE (Sociedad Digital de Autores y Editores).

«Desde el comienzo, SDAE fue concebida como un mero artificio, sin existencia real, con capacidad instalada, sin actividad propia y sin empleados. La única finalidad de SDAE era pues firmar contratos con SGAE para, cada vez con carácter inmediato, ese mismo día, firmar un contrato de idéntico contenido con Microgénesis S.A, burlando el marco estatutario y los mecanismo de control de SGAE», dice De la Mata en el auto.

Según añade el magistrado, «no consta» que a lo largo de esta «relación», que se extendió como un «auténtico monopolio» desde 1998 a 2011, se realizaran «nunca» procesos de petición y selección de ofertas de contratación entre SDAE y Microgénesis S.A, ni que la oferta de esta última se hiciera «a precio de mercado o contratado con otras», ni de que se «siguiera la regla de pedir tres presupuestos que existía en SGAE».

Entramado de sociedades

El juez detalla otra serie de «presuntas ilegalidades» y explica que esta situación fue «inmediatamente aprovechada por Rodríguez Neri y Ramos Díaz», quienes «activaron un entramado de sociedades» alrededor de Microgénesis S.A que les permitió la distribución y apropiación de los fondos de SGAE a través de SDAE, de Portal Latino y de otras sociedades del grupo, incluida directamente la propia SGAE en ocasiones.

Y lo hicieron, en palabras del juez, con «la seguridad que les daba el haber montado un sistema cuasi monopolístico, arbitrario e incontrolado de contratación con SGAE a la que, en sus propios términos, tenían atrapada».

La organización criminal, dice el magistrado, se deriva de los indicios de que la finalidad era «enriquecerse de forma sistemática con cargo a fondos de SGAE, mediante la obtención de contratos y otros mecanismos depredatorios».

En cuanto a los delitos de apropiación indebida y administración desleal destaca «un abuso fraudulento de las obligaciones societarias» por parte de los administradores de SGAE, «con la cooperación necesaria de una organización criminal», para dar al dinero» un destino distinto al que correspondía, causando un perjuicio económico evidente a la sociedad.

Los indicios también apuntan, dice el juez, a que las personas imputadas actuaron «premeditadamente» para apropiarse indebidamente de recursos económicos del grupo SGAE, incorporándolos «de modo definitivo» al dinero que administraban al patrimonio de la organización criminal.

El auto detalla que la SGAE pagó a SDAE al menos 57.154.984,40 euros, según datos de la Agencia Tributaría, aunque según la contabilidad fueron 71.700.561,36 euros. Unos  perjuicios económicos a los que hay que sumar los más de 31 millones de euros que Microgénesis S.A recibió de los fondos de SDAE, según el auto.

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